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LA AEPD SANCIONA CON 100.000 € A ORANGE POR ORDENAR A LOS REPARTIDORES DE PEDIDOS HACER FOTOS DEL DNI DE LOS CLIENTES

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado con el importe de 100.000 € a la empresa de telefonía Orange por ordenar a sus repartidores de paquetes a domicilio fotografiar íntegramente el DNI de los clientes. Este sistema ya lo venían realizando como un método de seguridad desde 2018 a través del sistema Ident Service.

Según la resolución consultada por parte de SIBPRODASA, el proceso se inició en el mes abril de 2020 cuando un ciudadano se personó junto con un repartidor de la empresa de transportes en una comisaría de la Guardia Civil de Murcia para denunciar los hechos. Los agentes valoraron el caso y decidieron poner la situación en manos de la AEPD. (Agencia Española de Protección de Datos).

Según argumentaron los agentes, el empleado de la empresa pretendía hacerle entrega de un paquete que contenía un teléfono móvil remitido por la compañía telefónica Orange, pero para ello y como requisito indispensable le pidió realizar una fotografía completa de su DNI.

Dicha imagen se tomó con un teléfono móvil para, posteriormente, ceder la fotografía a la compañía Orange.

Ante la vulneración del Reglamento General de Protección de Datos RGPD, la AEPD pidió explicaciones tanto a la compañía de telefonía como a la empresa de transportes responsable del reparto para ver qué era lo que estaba ocurriendo. La transportista relató que Orange solicitaba la fotografía con el objetivo de comprobar y verificar que el paquete era correctamente entregado al destinatario y “no a cualquier otra persona que pudiera vivir en el mismo domicilio”, relata la resolución.

Asimismo, la empresa de reparto manifestó que este procedimiento lo estaban llevando a cabo desde hacía tres años y que esta petición por parte de la empresa de telefonía estaba acordada y contratada mediante el contrato de colaboración que disponían.

Según comentó Orange los datos se custodiaban y conservaban durante un año a efectos de reclamaciones extrajudiciales y durante cuatro a efectos de prueba de entrega por considerarse un documento mercantil y la custodia y conservación se realizaba en un servidor de Orange pero no en el teléfono del repartidor.

No obstante, Orange manifestó que antes del envío del pedido, avisaron al cliente mediante correo una información conforme por motivos de seguridad podría digitalizarse su DNI en el momento de la entrega, añadiendo que podría consultar las condiciones detalladas en la página web.

La AEPD Agencia Española de Protección de Datos consideró que había indicios evidentes de que Orange había vulnerado el artículo 5 del RGPD Reglamento General de Protección de Datos, el cual hace referencia a los principios relativos al tratamiento al imponer como condición en la entrega del producto la fotografía y que dicha práctica se consideraba abusiva.

La AEPD determinó que existen otros procedimientos de entrega de productos menos agresivas para verificar la identidad de su destinatario debido a que es posible realizar comprobaciones sin necesidad de fotografiar el Documento Nacional de Identidad y hacer la entrega responsable.

El artículo 5.1.c) del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) consagra el principio de minimización de datos y supone que el tratamiento de los datos personales debe ser ajustado y proporcional a la finalidad a la que se dirige, determinando claramente los fines para los que se recogen y tratan los datos, debiendo restringirse el tratamiento de aquellos que sean excesivos o bien procederse a la supresión de los mismos.

Y en el DNI aparecen otros datos protegidos diferentes al nombre y apellidos como puede ser la firma, domicilio, lugar y fecha de nacimiento, fecha de expedición o fecha de validez, entre otros.

Por lo que le han impuesto una sanción de 100.000 euros por vulneración del artículo 5.1 C) del RGPD. No obstante, esta multa no es firme puesto que puede recurrirse ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Desde Sib Prodasa ofrecemos asesoramiento y formación en Protección de Datos Personales a empresas y autónomos de toda España.

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